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El presidente ecuatoriano Rafael
Correa da a conocer en los medios públicos
e incautados la sabatina que habla
directamente sobre todo lo que sucedió en la jornada semanal de trabajo.
El pasado 25 de junio del 2013,
entró en vigencia la Ley Orgánica de Comunicación, donde en el artículo 10.-
inciso 1. Referidos a la dignidad humana dice; respetar la honra y la
reputación de las personas; abstenerse de realizar y difundir contenidos y
comentarios discriminatorios.
Este artículo en varias sabatinas el presidente
no los cumple porque atenta sobre la dignidad humana, los más conocidos son
gordita horrorosa, ignorante, majadero insolente, pelagatos entre otros.
El artículo 17.- Derecho a la
libertad de expresión y opinión donde dice que todas las personas tienen
derecho a expresarse y opinar libremente de cualquier forma y por cualquier
medio; en la canallada de la semana que se pasa en cada sabatina, se culpa a
opositores del gobierno por hablar “mentiras” de lo no hace el mandatario,
denigrando su reputación con cualquier fallo que éste haya cometido.
En los artículos 22.- Derecho a
recibir información de relevancia pública veraz.- la verificación implica
constatar que los hechos difundidos efectivamente hayan sucedido y, en el
artículo 23.- Derecho a la rectificación.- Todas las personas tienen derecho a
que los medios de comunicación rectifiquen la información que han difundido
sobre ellas.
Es evidente que estos dos últimos
artículos son incumplidos por el propio presidente cuando se dirige a sus
contrincantes, también existe el artículo 26.- Linchamiento mediático que habla
sobre la prohibición y difusión de información de manera directa o indirecta
sea publicada en los medios de comunicación con el propósito de desprestigiar a
una persona y su credibilidad pública.
Es probable que el mandatario no
se dé cuenta de la grave falta y violación a estos artículos, o los pasa por
altos sólo por dar a “conocer” los errores y blasfemias que hablan sus
opositores sobre él, sin tener ninguna medida de cautela.
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